Micelio

Artículo 18

El Personal Médico Y Docente De Carrera Estará Constituido Por Las Personas Inscritas En El Escalafón Médico Y Académico De La Institución Simultáneamente, Y Será Inamovible Dentro Del Período Asignado A Cada Categoría, A Menos Que Se Produzca La Vacancia Del Cargo

Decreto 468 de 1961 · Por el cual se aprueban los estatutos del Hospital Militar - Centro Médico Colombiano de Estudios para Graduados

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal médico y docente de carrera estará constituido por las personas inscritas en el escalafón médico y académico de la institución simultáneamente, y será inamovible dentro del período asignado a cada categoría, a menos que se produzca la vacancia del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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