Micelio

Artículo 120

Decreto 501 de 1955 · Por medio del cual se reorganiza la carrera profesional de Suboficiales de las Fuerzas Militares y Marinería de la Armada Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para efectos de reconocimiento de prestaciones sociales y de retiro que se reconozcan a Suboficiales y marineros, se considerarán como partidas de carácter transitorio y por lo tanto no se tendrán en cuenta para su liquidación, las siguientes: Prima de Clima. Pasajes, auxilios de marcha y permanencia. Prima de gastos de instalación. Prima de matrimonio. Prima de actividad. Recompensa. Prima de calor. Prima de buceria. Prima de vuelo. La liquidación de las prestaciones sociales, a excepción de las asignaciones de retiro, se hará sobre la suma de las siguientes partidas: Sueldo básico. Prima de servicio. Partida de alimentación, lavado y peluquería. Una doceava parte de la prima de navidad. Jinetas de buena conducta. Prima de alojamiento. La asignación de retiro se liquidará sobre la suma de las siguientes partidas: Sueldo básico. Prima de servicios. Partida de alimentación, lavado y peluquería. Una doceava parte de la prima de navidad. Jinetas de buena conducta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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