Micelio

Artículo 6

Magistrados Del Tribunal Superior Militar

Ley 940 de 2005 · Por la cual se expiden normas sobre requisitos para el desempeño de cargos en la Jurisdicción Penal Militar

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ser Magistrado del Tribunal Superior Militar, será necesario acreditar a más de los requisitos generales consignados en el artículo 4º de la presente ley, ser miembro de la Fuerza Pública en Grado de Oficial Superior en servicio activo o miembro de la Fuerza Pública en retiro y acreditar una experiencia mínima de ocho (8) años en el desempeño de cargos como funcionario de la Justicia Penal Militar.

Parágrafo transitorio

Por una sola vez y por el término de dos (2) años, para acceder a las vacantes que se causen en el Tribunal Superior Militar, se exigirá una experiencia mínima de seis (6) años en el desempeño de cargos como funcionarios de la Justicia Penal Militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2005
    C-1176/05Constitucionalidad · «Parágrafo Transitorio»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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