Micelio

Artículo 1

El Régimen Aduanero Especial Consagrado En Este Decreto Se Aplicará Exclusivamente A Las Mercancías Que Se Importen Por El Puerto De Bahía Portete A La Zona De Régimen Aduanero Especial Conformada Por Los Municipios De Maicao, Uribia Y Manaure, Siguiendo El Procedimiento Que En El Mismo Se Señala

Decreto 1706 de 1992 · por el cual se reglamenta un tratamiento preferencial en materia aduanera para los Municipios de Maicao, Uribia y Manaure.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El régimen aduanero especial consagrado en este Decreto se aplicará exclusivamente a las mercancías que se importen por el Puerto de Bahía Portete a la zona de régimen aduanero especial conformada por los Municipios de Maicao, Uribia y Manaure, siguiendo el procedimiento que en el mismo se señala.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1706 de 1992