Autorícese Al Instituto Colombiano De La Reforma Agraria, Incora, Para Reestructurar Los Créditos De Tierras, Producción, Maquinaria Agrícola, Y Contribución Por Valorización Que Le Adeuden Los Beneficiarios De Reforma Agraria, Incluyendo La Remisión Total O Parcial De Los Intereses Causados, De Conformidad Con El Reglamento Que Establezca Para Tales Efectos La Junta Directiva
Decreto 2888 de 2001 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Autorícese al Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, para reestructurar los créditos de tierras, producción, maquinaria agrícola, y contribución por valorización que le adeuden los beneficiarios de reforma agraria, incluyendo la remisión total o parcial de los intereses causados, de conformidad con el reglamento que establezca para tales efectos la Junta Directiva. Quienes se acojan a dicha reestructuración quedarán habilitados a nuevos créditos ante el sistema financiero.
Parágrafo
La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, tendrá un plazo de dos (2) meses a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, para reglamentar este Plan de Alivio de Cartera y su ejecución se hará dentro de los doce (12) meses siguientes a la expedición de dicho reglamento.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.