Micelio

Artículo 3

En La Distribucion Del Trabajo Se Tendrán En Consideración: La Clasificacion I Formacion De Grupos Separados De Documentos I Datos Que Deben Figurar Como Elementos De Cada Cuenta; La Coleccion De Cuentas Del Mismo Jénero, Para Ser Resumidas En Totales Parciales, Segun Que Afecten Distintos Fondos Determinados Para Su Pago, O Que Exijan La Apropiacion De Alguno Por No Tenerlo Asignado, I La Coordinacion I Cómputos Jenerales De Las Cuentas De Distintos Jéneros Para Exhibir El Resultado Jeneral De Todas, Desde Sus Pormenores Especiales Hasta La Formacion Del Total Jeneral

Decreto 724 de 1876 · Orgánico del servicio de la Intendencia jeneral de guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En la distribucion del trabajo se tendrán en consideración: la clasificacion i formacion de grupos separados de documentos i datos que deben figurar como elementos de cada cuenta; la coleccion de cuentas del mismo jénero, para ser resumidas en totales parciales, segun que afecten distintos fondos determinados para su pago, o que exijan la apropiacion de alguno por no tenerlo asignado, i la coordinacion i cómputos jenerales de las cuentas de distintos jéneros para exhibir el resultado jeneral de todas, desde sus pormenores especiales hasta la formacion del total jeneral. La clasificacion puede hacerse en los nombres de las cuentas descriptivas del activo i del pasivo descomponiendo sus elementos en esta o semejante forma : al débito. Rentas permanentes; Contribuciones estraordinarias; Empréstitos i suministros voluntarios; Empréstitos forzosos i espropiaoiones; Aprovechamientos &. a al crédito. Organizacion, equipo i menaje de fuerzas militares; Raciones; Armamento; Movilizacion, alquileres, fletes &. a ; Espionaje i demas gastos secretos; Ganados i caballerías: Obligaciones i descuentos; Ajustamientos; Pérdidas i ganancias; Existencias &. a &. a

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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