El registro de los nombres de quienes sean designados rectores y/o representantes legales de las instituciones de educación superior de carácter privado se efectuará en el ICFES.
Si se presentaren dos o más peticiones de registro de diferentes dignatarios para un mismo período, los documentos o solicitudes que planteen ante el ICFES, estas divergencias o controversias, sobre la legalidad de las reuniones o de las decisiones de los organismos electores serán devueltos por el ICFES a los interesados para que éstos diriman sus controversias, según lo dispongan sus estatutos o acudan a la justicia ordinaria, si es del caso.