Los planteles de Enseñanza Media Comercial, previstos en el presente Decreto, deberán poseer la respectiva licencia de funcionamiento, concebida por resolución firmada por el Ministro de educación Nacional o pro la autoridad delegada para hacerlo. Los establecimientos que carezcan de dicho permiso legal tienen plazo de doce (12) meses, a partir de la fecha de expedición del presente Decreto para tramitarlo; vencido el cual, no podrán seguir funcionamiento no ampara a las sucursales de los planteles.
Decreto 2117 de 1962 →Vigente
Artículo 32
Los Alumno Que Hubieren Terminado Estudios De Enseñanza Media Comercial, En Colegios No Aprobados O En Cursos Por Correspondencia, Y Que Aspiren A Obtener Un Diploma, Pueden Lograrlo Sometiéndose Al Examen De Validación, En El Establecimiento Que Designe El Ministerio
Decreto 2117 de 1962 · Por el cual se determina el plan de estudios para el Bachillerato Técnico Comercial, y se dictan otras disposiciones sobre educación media comercial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.