Micelio

Artículo 4

Todo Procedimiento Sobre Quiebra Se Ha De Fundar En Obligaciones Comerciales, Sin Perjuicio De Acumularse A Él Las Deudas Que Por Otro Concepto Tenga El Quebrado

Decreto 750 de 1940 · sobre quiebras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Todo procedimiento sobre quiebra se ha de fundar en obligaciones comerciales, sin perjuicio de acumularse a él las deudas que por otro concepto tenga el quebrado. Las obligaciones no exigibles permiten demandar la quiebra, si se demuestra que el deudor ha suspendido los pagos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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