º Otras Conferencias 23
De conformidad con las disposiciones pertinentes de la Constitución, en el intervalo entre dos Conferencias de Plenipotenciarios se convocarán normalmente las siguientes Conferencias Mundiales de la Unión: 24a) Dos Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones; 25b) Una Conferencia Mundial de Normalización de las Telecomunicaciones; 26c) Una Conferencia Mundial de Desarrollo de las Telecomunicaciones; 27d) Dos Asambleas de Radiocomunicaciones, coordinadas en sus fechas y lugar con las correspondientes Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones. 28
Excepcionalmente, en el intervalo entre dos Conferencias de Plenipotenciarios: 29 - Se podrá cancelar la segunda Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones junto con su Asamblea de Radiocomunicaciones asociada, o se podrá cancelar cualquiera de ellas aunque la otra se convoque; o 30 - Se podrá convocar una Conferencia de Normalización de Telecomunicaciones adicional. 31
Estas disposiciones podrán ser adoptadas: 32a) Por decisión de la Conferencia de Plenipotenciarios; 33b) Por recomendación de la Conferencia Mundial precedente del Sector interesado, aprobada por el Consejo; 34c) Cuando una cuarta parte, por lo menos, de los Miembros de la Unión lo hayan propuesto individualmente al Secretario General; 35d) A propuesta del Consejo. 36
Se convocará una Conferencia Regional de Radiocomunicaciones: 37a) Por decisión de la Conferencia de Plenipotenciarios; 38 b) Por recomendación de una Conferencia Mundial o Regional de Radiocomunicaciones precedente, aprobada por el Consejo; 39c) Cuando una cuarta parte, por lo menos, de los Miembros de la Unión de la Región interesada lo hayan propuesto individualmente al Secretario General; 40d) A propuesta del Consejo. 41 5. (1) Las fechas exactas y el lugar de las Conferencias Mundiales o Regionales o de las Asambleas de Radiocomunicaciones serán decididos por la Conferencia de Plenipotenciarios. 42 (2) En ausencia de tal decisión, el Consejo determinará las fechas exactas y el lugar de cada Conferencia Mundial o Asamblea de Radiocomunicaciones con aprobación de la mayoría de los Miembros de la Unión, y de cada Conferencia Regional con la aprobación de la mayoría de los Miembros de la Unión pertenecientes a la región interesada; en ambos casos se aplicarán las disposiciones del número 47 siguiente. 43 6. (1) Las fechas exactas y el lugar de una Conferencia o Asamblea podrán modificarse: 44a) Si se trata de una Conferencia Mundial o de una Asamblea, a petición de la cuarta parte, por lo menos, de los Miembros de la Unión y si se trata de una Conferencia Regional, de la cuarta parte de los Miembros de la región interesada. Las peticiones deberán dirigirse individualmente al Secretario General, el cual las someterá al Consejo para su aprobación; 45b) A propuesta del Consejo. 46 (2) En los casos a que se refieren los números 44 y 45 anteriores, las modificaciones propuestas sólo quedarán definitivamente adoptadas con el acuerdo de la mayoría de los Miembros de la Unión, si se trata de una Conferencia Mundial o de una Asamblea, o con el de la mayoría de los Miembros de la Unión de la región interesada cuando se trate de una Conferencia Regional, a reserva de lo establecido en el número 47 siguiente. 47 7. En las consultas previstas en los números 42, 46, 118, 123, 138, 302, 304, 305, 307 y 312 del presente Convenio se considerará que los Miembros de la Unión que no hubieren contestado dentro del plazo fijado por el Consejo no participan en la consulta y, en consecuencia, no se tendrán en cuenta para el cálculo de la mayoría. Si el número de respuestas no excediera de la mitad de los Miembros consultados, se procederá a otra consulta, cuyo resultado será decisivo, independientemente del número de votos emitidos. 48 8. (1) Las Conferencias Mundiales de Telecomunicaciones Internacionales se celebrarán por decisión de la Conferencia de Plenipotenciarios. 49 (2) Las disposiciones referentes a la convocación y a la adopción del orden del día de las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones, así como las referentes a la participación en las mismas, se aplicarán asimismo, en su caso, a las Conferencias Mundiales de Telecomunicaciones Internacionales. SECCION 2