Micelio

Artículo 6

Decreto 185112011 de 1851 · Sobre vales i fondos de manumisión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 6º . La Tesorería jeneral no espedirá vales por el importe de esclavos que no estén incluidos en el cuadro: Cualquiera omisión se subsanará a petición del interesado, que al efecto debe ocurrir, a la junta de manumision respectiva, para que esta remita a la Secretaria de Relaciones Esteriores noticia del esclavo cuya nominación se ha omítido, i por tal medio se agregue al cuadro jeneral.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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