Micelio

Artículo 17

De Las Conductas Previstas En Los Artículos 3°, 9°, 12, 13, 14 Y 15 Del Presente Decreto, Conocerán Las Autoridades Señaladas En El Código Nacional De Policía, Mediante El Procedimiento Allí Establecido

Decreto 1336 de 1990 · por el cual se toman medidas encaminadas al restablecimiento del orden público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las conductas previstas en los artículos 3°, 9°, 12, 13, 14 y 15 del presente Decreto, conocerán las autoridades señaladas en el Código Nacional de Policía, mediante el procedimiento allí establecido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1336 de 1990