Requisitos. Para que el Ministerio de Educación Nacional autorice el establecimiento de una seccional, la institución privada solicitante deberá cumplir con los requisitos indicados en los artículos 2.5.5.1.6. y 2.5.5.1.7. de este decreto.
Además, deberá demostrar consolidación en los aspectos de calidad académica, desarrollo físico, económico y administrativo, de tal modo que pueda trasladarse a la región la excelencia y la experiencia acumuladas.
(Decreto 1478 de 1994, artículo 16).