Micelio

Artículo 6

La Construccion De Obras Nuevas, O La Restauración De Las Existentes, Dentro Del Recinto Amurallado De La Ciudad De Cartagena, Solo Podrá Llevase A Cabo Sobre Planos Aprobados Por La Oficina Nacional De Conservación Y Restauración De Dicha Ciudad, Y Ejecutados Bajo Su Inmediata Supervigilancia

Decreto 1565 de 1943 · Por el cual se reglamenta la Ley 5ª de 1940

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º la construccion de obras nuevas, o la restauración de las existentes, dentro del recinto amurallado de la ciudad de Cartagena, solo podrá llevase a cabo sobre planos aprobados por la oficina nacional de conservación y restauración de dicha ciudad, y ejecutados bajo su inmediata supervigilancia. las contravenciones a lo dispuesto en este artículo serán sancionadas con multas hasta de $ 1.000, que impondrá la alcaldía municipal de Cartagena a solicitud de la oficina nacional de conservación y restauración de dicha ciudad .el valor de tales multas ingresara al tesoro municipal de Cartagena. Comuníquese y Publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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