Articulo 3º Las sociedades de responsabilidad limitada y asimiladas, en cuyo capital participe la inversión extranjera, están obligadas a retener a título de impuesto de remesas, doce por ciento (12 %) de cada pago o abono en cuenta por concepto de participación de utilidades que hagan a los socios que tengan el carácter de inversionistas extranjeros.
Decreto 231 de 1983 →Vigente
Artículo 3
Las Sociedades De Responsabilidad Limitada Y Asimiladas, En Cuyo Capital Participe La Inversión Extranjera, Están Obligadas A Retener A Título De Impuesto De Remesas, Doce Por Ciento (12 %) De Cada Pago O Abono En Cuenta Por Concepto De Participación De Utilidades Que Hagan A Los Socios Que Tengan El Carácter De Inversionistas Extranjeros
Decreto 231 de 1983 · Por el cual se revisan algunas normas relativas al impuesto de renta y complementarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.