Micelio

Artículo 5

Una Vez Finalizado El Censo, Esto Es, A Partir Del 1º De Mayo De 1994, Y Con El Fin De Garantizar La Alimentación Y Actualización Del Sistema Informático Sobre Función Pública, Dentro De Los Cinco (5) Primeros Días De Cada Mes, Las Dependencias De Personal De Los Organismos Y Entidades De La Rama Ejecutiva, Tanto A Nivel Nacional Como Territorial, Reportarán Al Departamento Administrativo De La Función Pública Las Novedades De Personal Que Se Hayan Presentado

Decreto 244 de 1994 · por el cual se crea el Sistema Informático sobre Función Pública, se dispone la realización de un censo de los servidores públicos y de las organizaciones de la Rama Ejecutiva Nacional y se adoptan medidas para alimentar y actualizar dicho Sistema

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Una vez finalizado el censo, esto es, a partir del 1º de mayo de 1994, y con el fin de garantizar la alimentación y actualización del Sistema Informático sobre Función Pública, dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, las dependencias de personal de los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva, tanto a nivel nacional como territorial, reportarán al Departamento Administrativo de la Función Pública las novedades de personal que se hayan presentado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 244 de 1994