El Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil inutilizará, con el apoyo de la Fuerza Pública, las pistas de las empresas de trabajos aéreos especiales en la modalidad de aviación agrícola, que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias
No estar debidamente autorizadas por la autoridad aeronáutica correspondiente.
Aun cuando estén debidamente autorizadas, no haber sido reportadas por la empresa de trabajos aéreos especiales, en la modalidad de aviación agrícola.
Las que habiendo sido reportadas por estas empresas, no hayan justificado su funcionamiento u operación.
Las que habiendo sido reportadas y justificadas por estas empresas, el Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, no encuentre válida tal justificación.