Los Catedráticos de la Escuela Nacional de Comercio serán nombrados por el Gobierno a propuesta del Consejo Directivo.
Decreto 160 de 1913 →Vigente
Artículo 22
Los Catedráticos De La Escuela Nacional De Comercio Serán Nombrados Por El Gobierno A Propuesta Del Consejo Directivo
Decreto 160 de 1913 · Por el cual se reglamenta la Escuela Nacional de Comercio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.