Micelio

Artículo 5

Los Empleados Públicos De Carrera Administrativa Quienes, Como Consecuencia De La Transformación De La Entidad, No Sean Incorporados A La Planta De Personal A Que Se Refiere El Artículo 2° Del Presente Decreto, Tendrán Derecho Preferencial A Optar Por Ser Reincorporados O Indemnizados En Los Términos Y Condiciones Consagradas En La Ley 909 De 2004, En El Decreto-Ley 760 De 2005 Y En Sus Decretos Reglamentarios

Decreto 5016 de 2009 · por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación – ICFES.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los empleados públicos de carrera administrativa quienes, como consecuencia de la transformación de la entidad, no sean incorporados a la planta de personal a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, tendrán derecho preferencial a optar por ser reincorporados o indemnizados en los términos y condiciones consagradas en la Ley 909 de 2004, en el Decreto-ley 760 de 2005 y en sus decretos reglamentarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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