Micelio

Artículo 19

La División Administrativa Del Ministerio De Defensa Nacional Comprende Las Siguientes Dependencias: A) Sección De Personal; B) Sección De Registro Y Correspondencia; C) Sección De Divulgación Y Publicaciones - Grupo De Información Pública - Grupo De Información Interna - Grupo De Asuntos Civiles D) Sección De Archivo General - Grupo De Certificación - Grupo De Información Y Hojas De Vida - Grupo De Microfilmación - Grupo De Catalogación

Decreto 2565 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Defensa Nacional y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La División Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional comprende las siguientes dependencias

a)

Sección de Personal;

b)

Sección de Registro y Correspondencia;

c)

Sección de Divulgación y Publicaciones - Grupo de Información Pública - Grupo de información Interna - Grupo de Asuntos Civiles

d)

Sección de Archivo General - Grupo de Certificación - Grupo de Información y hojas de vida - Grupo de Microfilmación - Grupo de Catalogación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2565 de 1968