Decisión sobre el otorgamiento del registro calificado. Emitido el concepto por la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (Conaces), el Ministerio de Educación Nacional resolverá mediante acto administrativo la solicitud de registro calificado del programa, en un plazo no superior a sesenta (60) días calendario, contados desde que se recibió el informe del par. Contra esta decisión procederá el recurso de reposición, en los términos de la Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo– o la norma que lo modifique, derogue o sustituya.
TEXTO CORRESPONDIENTE A