Micelio

Artículo 1.1.2.2.7

Terminación Definitiva De Los Desembolsos Del Fondo

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Terminación definitiva de los desembolsos del Fondo. El Icetex terminará en forma definitiva los desembolsos de los beneficiarios en las siguientes causales: 1. Terminación del programa académico para el cual fue aprobado el crédito. 2. Incumplimiento injustificado de las obligaciones por parte del beneficiario. 3. Abandono injustificado del programa académico para el cual se le otorgó el crédito. 4. Presentación de documentos falsos. 5. Muerte o invalidez física o mental total y permanente del beneficiario. 6. La expresa voluntad del beneficiario. 7. Cambio del programa o de instituciones de educación superior sin aprobación expresa de la mesa técnica. Parágrafo. Cuando se demuestre que el estudiante por fuerza mayor o caso fortuito suspende sus estudios por tres o más períodos académicos, podrá continuar con el beneficio otorgado por el fondo, previa autorización de la mesa técnica.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1075 de 2015