Micelio

Artículo 10

El Ministerio De Minas Y Energía, Mediante Resolución Motivada Declarará La Reversión De Los Bienes En Favor De La Nación Y Tomará Posesión Inmediata De Los Bienes Revertidos Mediante La Práctica De Una Vista Al Área Del Contrato, De La Cual Se Levantará Un Acta De Toma De Posesión

Decreto 137 de 1993 · por el cual se reglamenta la reversión en los contratos de concesión minera celebrados con anterioridad al Decreto 2655 de 1988, el artículo 74 del Código de Minas y se adoptan medidas para la administración, conservación y manejo de los bienes susceptibles de reversión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Minas y Energía, mediante resolución motivada declarará la reversión de los bienes en favor de la Nación y tomará posesión inmediata de los bienes revertidos mediante la práctica de una vista al área del contrato, de la cual se levantará un acta de toma de posesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 137 de 1993