Corresponde al Gobierno decidir sobre la circunstancia de ser aplicable a las obras, empresas y establecimientos eximibles del derecho de aduana, las mercaderías cuya importación libre se solicite por los interesados y determinar, teniendo en cuenta la importancia de las obras, empresas y establecimientos de que se trata, la cantidad en que dichas mercaderías puedan ser necesarias.
Artículo 10
Corresponde Al Gobierno Decidir Sobre La Circunstancia De Ser Aplicable A Las Obras, Empresas Y Establecimientos Eximibles Del Derecho De Aduana, Las Mercaderías Cuya Importación Libre Se Solicite Por Los Interesados Y Determinar, Teniendo En Cuenta La Importancia De Las Obras, Empresas Y Establecimientos De Que Se Trata, La Cantidad En Que Dichas Mercaderías Puedan Ser Necesarias
Decreto 610 de 1927 · Por el cual se dictan varias disposiciones en cuanto a la exención de derechos de importación de que gozan algunas entidades públicas o privadas
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.