Micelio

Artículo 6

Los Profesionales Escalafonados, Actualmente En Servicio Activo Y Que No Hayan Optado El Respectivo Título Universitario, No Podrán Ascender Al Grado Inmediatamente Superior Mientras No Obtengan Dicho Título

Decreto 570 de 1960 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Título 1 de la Ley 126 de 1959.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los profesionales escalafonados, actualmente en servicio activo y que no hayan optado el respectivo título universitario, no podrán ascender al grado inmediatamente superior mientras no obtengan dicho título. CAPÍTULO 2º Servicio Religioso Castrense

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 570 de 1960