Micelio

Artículo 16

Los Empleados De La Caja Encargados Del Recaudo, Manejo Y Conservación De Sus Bienes Y Rentas Que Se Los Apropien En Provecho Suyo O De Un Tercero O En Cualquiera Otra Forma Hagan Uso Indebido De Los Mismos, Incurrirán En Las Penas Que Para Los Empleados Públicos Responsables De Tales Actos, Por Dolo O Por Culpa, Establecen El Código Penal Y Las Leyes Que Lo Adicionan Y Reforman

Decreto 3073 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Caja de Vivienda Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleados de la Caja encargados del recaudo, manejo y conservación de sus bienes y rentas que se los apropien en provecho suyo o de un tercero o en cualquiera otra forma hagan uso indebido de los mismos, incurrirán en las penas que para los empleados públicos responsables de tales actos, por dolo o por culpa, establecen el Código Penal y las leyes que lo adicionan y reforman.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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