º. El numeral primero del artículo 49 del Decreto 326 de 1996, modificado por el artículo 33 del Decreto 1818 de 1996, quedara así: "1. Grandes y pequeños aportantes a partir del pago que se realice en el mes de julio de 1997".
Decreto 183 de 1997 →Vigente
Artículo 3
El Numeral Primero Del Artículo 49 Del Decreto 326 De 1996, Modificado Por El Artículo 33 Del Decreto 1818 De 1996, Quedara Así: "1
Decreto 183 de 1997 · por el cual se modifican parcialmente los decretos 326 y 1818 de 1996.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.