Las sesiones en reunión ordinaria del Consejo de las Ordenes "Del Mérito Militar Antonio Nariño", "Del Mérito Militar José María Córdoba"; "Del Mérito Naval Almirante Padilla", "Del Mérito Aeronáutico Antonio Ricaurte" y "Del Mérito Sanitario José Fernández Madrid", se efectuarán periódicamente un mes antes de las fechas señaladas en la Primera Parte, Artículo 90 del presente Reglamento y reunión extraordinaria cuando el Gran Maestre o el Gran Canciller así lo dispongan, o cuando algunos de sus Miembros lo solicite. En este último caso, el interesado hará la solicitud escrita dirigida al Gran Canciller, en la cual se haga una exposición de motivos que justifique la reunión extraordinaria.
Artículo 44
Las Sesiones En Reunión Ordinaria Del Consejo De Las Ordenes "del Mérito Militar Antonio Nariño", "del Mérito Militar José María Córdoba"; "del Mérito Naval Almirante Padilla", "del Mérito Aeronáutico Antonio Ricaurte" Y "del Mérito Sanitario José Fernández Madrid", Se Efectuarán Periódicamente Un Mes Antes De Las Fechas Señaladas En La Primera Parte, Artículo 90 Del Presente Reglamento Y Reunión Extraordinaria Cuando El Gran Maestre O El Gran Canciller Así Lo Dispongan, O Cuando Algunos De Sus Miembros Lo Solicite
Decreto 414 de 1974 · Por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.