Micelio

Artículo 14

Decreto 555 de 1987 · por el cual se dictan normas tendientes al restablecimiento del orden público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los contratos que celebre la Empresa Nacional de Telecomunicaciones -Telecom- para los fines previstos en el artículo 1º de este Decreto, no requerirán del estudio previo del Consejo Coordinador del Sector Telefónico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 555 de 1987