Micelio

Artículo 33

A Todo Miembro De Las Fuerzas Militares Que Fallezca Como Consecuencia Del Cumplimiento De Sus Obligaciones En Actos Del Servicio Encaminadas A Mantener El Orden Público, Se Le Conferirá La Medalla "servicios Distinguidos En Orden Público" En Forma Póstuma

Decreto 414 de 1974 · Por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A todo miembro de las Fuerzas Militares que fallezca como consecuencia del cumplimiento de sus obligaciones en actos del servicio encaminadas a mantener el orden público, se le conferirá la Medalla "Servicios Distinguidos en Orden Público" en forma póstuma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 414 de 1974