Corresponde a los empleados dependientes de los Ministerios de Obras Públicas e Industrias, a las autoridades departamentales y municipales y a las respectivas Sociedades de Agricultores, de manera especial, velar porque los semovientes y elementos que se transporten libres de fletes en los ferrocarriles nacionales, no se destinen al comercio, e informar al Ministerio se Obras Públicas de las irregularidades que ocurran, acompañando, si fuere posible, las pruebas del caso.
Artículo 13
Corresponde A Los Empleados Dependientes De Los Ministerios De Obras Públicas E Industrias, A Las Autoridades Departamentales Y Municipales Y A Las Respectivas Sociedades De Agricultores, De Manera Especial, Velar Porque Los Semovientes Y Elementos Que Se Transporten Libres De Fletes En Los Ferrocarriles Nacionales, No Se Destinen Al Comercio, E Informar Al Ministerio Se Obras Públicas De Las Irregularidades Que Ocurran, Acompañando, Si Fuere Posible, Las Pruebas Del Caso
Decreto 615 de 1930 · Sobre exención de fletes en los ferrocarriles nacionales
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.