° De acuerdo con la naturaleza general de las funciones, responsabilidades y complejidad inherentes a los empleos, a las calidades exigidas para su ejercicio, las distintas clases y series se agruparán en orden, jerárquico en los siguientes grupos ocupacionales
Grupo Técnico-Operativo, comprende los empleos cuyas funciones se relacionan con actividades auxiliares de la Formación Profesional;
Grupo Administrativo que comprende los empleos que se relacionan con funciones de ejecución y controles administrativos;
Grupo Instructores cuya función principal consiste en impartir Formación Profesional;
Grupo Profesional y Técnico cuyas funciones se relacionan principalmente con la aplicación de Técnicas profesionales en los programas de Formación Profesional;
Grupo Asesores cuya función principal consiste en aplicar técnicas profesionales con el fin de asesorar a las diferentes dependencias de la entidad o a las Empresas, según los programas del SENA;
Grupo de Directivos, en el cual se incluyen los empleos cuyas funciones se relacionan principalmente con el estudio y asesoría en la concepción y fijación de políticas; con la dirección de las actividades técnicas y administrativas, según la política adoptada por el Gobierno Nacional y el SENA.
Las diferentes Clases de Empleos conservan las características de categorización administrativa establecida en el SENA para la Dirección General y Regionales de Tipos A-l, A, B, C, y D, conforme al Acuerdo número 4 de 1969 del Consejo Directivo Nacional del SENA y demás normas reglamentarias sobre la materia. Para efectos del presente Decreto, los funcionarios de la Dirección General; y el personal Directivo, Asesores, Coordinadores y Técnicos del Programa Nacional de Asesoría a las Empresas, se consideran incorporados a la Regional Tipo A-l.