Deróganse los impuestos establecidos en el artículo 2º. del Decreto 1626 de 1951, el artículo 7º. de la Ley 4ª. de 1963, la letra a) del artículo 6º. de la Ley 49 de 1967; la Ley 36 de 1969 y las demás normas contrarias a este capítulo.
Impuesto a la gasolina.