De acuerdo con lo establecido por el artículo 44 de la Decisión 24 de la Comisión de1 Acuerdo de Cartagena, la cual fue puesta en vigencia por el Decreto 1299 de 1971, los sectores a que se refieren los artículos 40 a 43, inclusive de dicha Decisión, se regirán por la legislación interna y las normas especiales que se detallan en los artículos siguientes.
Artículo 44
De Acuerdo Con Lo Establecido Por El Artículo 44 De La Decisión 24 De La Comisión De1 Acuerdo De Cartagena, La Cual Fue Puesta En Vigencia Por El Decreto 1299 De 1971, Los Sectores A Que Se Refieren Los Artículos 40 A 43, Inclusive De Dicha Decisión, Se Regirán Por La Legislación Interna Y Las Normas Especiales Que Se Detallan En Los Artículos Siguientes
Decreto 2153 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 1299 de 1971, sobre el régimen de capitales extranjeros, marcas, patentes, licencoas y regalías
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.