Micelio

Artículo 30

Reconstrucción De Libros Y Papeles

Decreto 1798 de 1990 · por el cual se dictan normas sobre libros de comercio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reconstrucción de libros y papeles. Los registros en los libros deberán reconstruirse dentro de los seis meses siguientes a su pérdida, extravío o destrucción, tomando como base los comprobantes de contabilidad, las declaraciones de renta, los balances e informes aprobados por la asamblea o junta de socios informes de terceros y los demás documentos que se consideren pertinentes. Cuando no se obtengan los documentos necesarios para reconstruir la contabilidad, el comerciante hará un inventario general en la fecha de la ocurrencia de los hechos, para elaborar sus estados financieros. Este hecho se revelará en notas a los estados financieros.

Parágrafo

Los comerciantes podrán reemplazar los papeles extraviados, perdidos o destruidos a través de copia de los mismos que reposen en poder de terceros. En ella se dejará nota de tal circunstancia, indicando la razón de la reposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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