Micelio

Artículo 15

Son Causales De Cancelación De Una Beca, Salvo Caso Fortuito, Las Siguientes: A) El Incumplimiento A Cualquiera De Las Obligaciones Establecidas En Los Numerales 1º, 2º, 3º Y 4º Del Artículo Anterior; B) Un Informe Adverso Sobre La Conducta O Aprovechamiento Del Becado, Suscrito Por El Director Del Plantel Donde Curse Estudios, O Por El Agente Diplomático O Consular A Quien Corresponde La Supervigilancia Del Becado; C) La Comprobación De Cualquier Falsedad De Los Documentos Allegados Por El Becado Antes De Ser Favorecido Con La Beca, O Durante El Goce De Ella

Decreto 162 de 1949 · por el cual se acepta un ofrecimiento, se reglamenta un concurso y se fijan condiciones para disfrutar el beneficio de unas becas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son causales de cancelación de una beca, salvo caso fortuito, las siguientes

a)

El incumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en los numerales 1º, 2º, 3º y 4º del artículo anterior;

b)

Un informe adverso sobre la conducta o aprovechamiento del becado, suscrito por el Director del plantel donde curse estudios, o por el Agente Diplomático o Consular a quien corresponde la supervigilancia del becado;

c)

La comprobación de cualquier falsedad de los documentos allegados por el becado antes de ser favorecido con la beca, o durante el goce de ella.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 162 de 1949