Son Causales De Cancelación De Una Beca, Salvo Caso Fortuito, Las Siguientes: A) El Incumplimiento A Cualquiera De Las Obligaciones Establecidas En Los Numerales 1º, 2º, 3º Y 4º Del Artículo Anterior; B) Un Informe Adverso Sobre La Conducta O Aprovechamiento Del Becado, Suscrito Por El Director Del Plantel Donde Curse Estudios, O Por El Agente Diplomático O Consular A Quien Corresponde La Supervigilancia Del Becado; C) La Comprobación De Cualquier Falsedad De Los Documentos Allegados Por El Becado Antes De Ser Favorecido Con La Beca, O Durante El Goce De Ella
Decreto 162 de 1949 · por el cual se acepta un ofrecimiento, se reglamenta un concurso y se fijan condiciones para disfrutar el beneficio de unas becas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Son causales de cancelación de una beca, salvo caso fortuito, las siguientes
a)
El incumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en los numerales 1º, 2º, 3º y 4º del artículo anterior;
b)
Un informe adverso sobre la conducta o aprovechamiento del becado, suscrito por el Director del plantel donde curse estudios, o por el Agente Diplomático o Consular a quien corresponde la supervigilancia del becado;
c)
La comprobación de cualquier falsedad de los documentos allegados por el becado antes de ser favorecido con la beca, o durante el goce de ella.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.