Micelio

Artículo 1

Todo El Que Solicite La Explotación De Bosques Nacionales Deberá Manifestar, Además De Lo Preceptuado En La Ley 30 De 1907, La Participación Que Dará Al Gobierno En Los Productos De La Explotación

Decreto 976 de 1907 · Sobre gastos no incluidos en los Presupuestos del Distrito Capital y de los Departamentos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Todo el que solicite la explotación de bosques nacionales deberá manifestar, además de lo preceptuado en la Ley 30 de 1907, la participación que dará al Gobierno en los productos de la explotación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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