Micelio

Artículo 1

Apruébense Los Estatutos De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones, Elaborados Por Su Junta Administradora, Y Que Son Del Tenor Siguiente: Resolucion Numero 044 De 1966 ( Noviembre 29 ) La Junta Administradora De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones, En Uso De Las Facultades Conferidas Por Los Decretos-Leyes Números 1635 De 1960 Y 2326 De 1963, Y Considerando: A) Que La Honorable Corte Suprema De Justicia, Sala Plena, En Sentencia Proferida El 25 De Julio Del Año En Curso, Decidió Que Es Inconstitucional O Inexequible El Decreto Legislativo Número 3253 De 1965 (17 De Diciembre), "por El Cual Se Suprime Un Establecimiento Desenraizado, Y Se Cumplen Normas Sobre Reducción De Gasto Público"; B) Que Como Consecuencia Del Fallo Anterior, El Establecimiento Descentralizado, Y Que Fue Suprimido Por El Decreto, Declarado Inexequible, O Sea La Administración Postal Nacional, Ha Continuado Funcionando Desde La Fecha Y Dentro De Los Términos De Dicho Fallo, Y C) Que Como Consecuencia De Lo Anterior, Es Necesario Expedir Unos Nuevos Estatutos De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones, Suprimiendo De Ellos Disposiciones Que Se Refieran A La Administración Postal Nacional

Decreto 2935 de 1966 · por el cual se aprueban los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Apruébense los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, elaborados por su Junta Administradora, y que son del tenor siguiente: RESOLUCION NUMERO 044 DE 1966 ( noviembre 29 ) La Junta Administradora de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, en uso de las facultades conferidas por los Decretos-Leyes números 1635 de 1960 y 2326 de 1963, y CONSIDERANDO

a)

Que la honorable Corte Suprema de Justicia, Sala Plena, en sentencia proferida el 25 de julio del año en curso, decidió que es inconstitucional o inexequible el Decreto legislativo número 3253 de 1965 (17 de diciembre), "por el cual se suprime un establecimiento desenraizado, y se cumplen normas sobre reducción de gasto público";

b)

Que como consecuencia del fallo anterior, el establecimiento descentralizado, y que fue suprimido por el Decreto, declarado inexequible, o sea la Administración Postal Nacional, ha continuado funcionando desde la fecha y dentro de los términos de dicho fallo, y

c)

Que como consecuencia de lo anterior, es necesario expedir unos nuevos estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, suprimiendo de ellos disposiciones que se refieran a la Administración Postal Nacional. RESUELVE: Artículo único. Adóptese para la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, los siguientes estatutos: Capítulo Primero Naturaleza, denominación, domicilio, duración y objeto:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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