Micelio

Artículo 124

A La Muerte De Un Alférez O Cadete De La Escuela De Policía "general Santander" En Actividades Relacionadas Con Su Preparación Profesional O Del Servicio, Sus Beneficiarios En El Orden Determinado Por Este Decreto, Tendrán Derecho A Que El Tesoro Público Les Pague Una Indemnización Igual A Doce (12) Meses Del Sueldo Básico De Un Sub-Teniente

Decreto 3072 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A la muerte de un Alférez o Cadete de la Escuela de Policía "General Santander" en actividades relacionadas con su preparación profesional o del servicio, sus beneficiarios en el orden determinado por este Decreto, tendrán derecho a que el Tesoro Público les pague una Indemnización igual a doce (12) meses del sueldo básico de un Sub-teniente. TÍTULO SÉPTIMO Disposiciones complementarias

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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