A la muerte de un Alférez o Cadete de la Escuela de Policía "General Santander" en actividades relacionadas con su preparación profesional o del servicio, sus beneficiarios en el orden determinado por este Decreto, tendrán derecho a que el Tesoro Público les pague una Indemnización igual a doce (12) meses del sueldo básico de un Sub-teniente. TÍTULO SÉPTIMO Disposiciones complementarias
Decreto 3072 de 1968 →Vigente
Artículo 124
A La Muerte De Un Alférez O Cadete De La Escuela De Policía "general Santander" En Actividades Relacionadas Con Su Preparación Profesional O Del Servicio, Sus Beneficiarios En El Orden Determinado Por Este Decreto, Tendrán Derecho A Que El Tesoro Público Les Pague Una Indemnización Igual A Doce (12) Meses Del Sueldo Básico De Un Sub-Teniente
Decreto 3072 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.