º. Los sueldos básicos mensuales de los Oficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, serán los siguientes: Subteniente o Teniente de Corbeta $ 1.600.00 Teniente o Teniente de Fragata 1.850.00 Capitán o Teniente de Naví 2.100.00 Mayor o Capitán de Corbeta 2.300.00 Teniente Coronel o Capitán de Fragata 2.500.00 Coronel o Capitán de Navío 2.700.00 Brigadier General o Contralmirante 2.900.00 Mayor General o Vicealmirante 3.100.00 General o Almirante 3.400.00
Cuando el cargo de Ministros de Defensa Nacional sea desempeñado por un Oficial en servicio activo, sus haberes se liquidarán y pagarán en le siguiente forma
Las primeras que como militar le correspondan, y
El sueldo en cuantía que sumando con las primas anteriores iguales en todo tiempo al de un Ministro de Despacho.
Los Tenientes Primeros y Segundos de la Armada Nacional, tendrán los mismos sueldos básicos fijados para Teniente o Teniente de Fragata y Subteniente o Teniente de Corbeta, respectivamente.