En toda Colonia Penal deberá haber un Agrónomo que tendrá los siguientes deberes y atribuciones
La dirección técnica de los trabajos agrícolas y la vigilancia inmediata de los mismos;
La enseñanza a los condenados de los cultivos agrícolas por los métodos más adecuados y científicos. A esto respecto se preferirá, si el clima lo permite, el cultivo y beneficio del café
Elaborar, de acuerdo con el Director, el reglamento relativo a la distribución del trabajo.
Procurar que los trabajos agrícolas tengan el mejor rendimiento y que los condenados se, dediquen a ellos con el mayor entusiasmo y estímulo;
Presentar anualmente al Director un informe sobre la marcha de los trabajos agrícolas, los métodos empleados, las experiencias que se hayan hecho en los cultivos, los resultados obtenidos y las reformas o providencias que haya necesidad de adoptar para la mejor administración.