A más tardar el 20 de enero de 2017, los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación deben realizar la imputación por concepto de ingresos a que corresponden los registros detallados de recaudos de su gestión financiera pública a 31 de diciembre del año anterior en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación. CAPÍTULO II DE LOS GASTOS
Artículo 14
A Más Tardar El 20 De Enero De 2017, Los Órganos Que Conforman El Presupuesto General De La Nación Deben Realizar La Imputación Por Concepto De Ingresos A Que Corresponden Los Registros Detallados De Recaudos De Su Gestión Financiera Pública A 31 De Diciembre Del Año Anterior En El Sistema Integrado De Información Financiera - Siif Nación
Decreto 2170 de 2016 · Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.