º La Participación De La Nación En Las Utilidades Antes De Impuestos De La Empresa Colombiana De Petróleos, Ecopetrol, Se Determinará Tomando El Total De Las Utilidades Obtenidas Por Esta Empresa En El Ejercicio Inmediatamente Anterior, Valor Sobre El Cual Se Calculará El Porcentaje Que Le Haya Correspondido A La Nación Para El Mismo Ejercicio Por Los Siguientes Conceptos: A) La Cuantía De Las Utilidades Determinada Por El Consejo Nacional De Política Económica Y Social, Conpes, En Desarrollo Del Artículo 26 De La Ley 38 De 1989, O Del Artículo 99 De La Ley 75 De 1986 En Lo Referente A La Distribución De Las Utilidades De Ecopetrol, Según El Período A Liquidar; Y, B) El Impuesto De Renta Y Complementarios
Decreto 2684 de 1991 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley 1246 de 1974.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º La participación de la Nación en las utilidades antes de impuestos de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, se determinará tomando el total de las utilidades obtenidas por esta Empresa en el ejercicio inmediatamente anterior, valor sobre el cual se calculará el porcentaje que le haya correspondido a la Nación para el mismo ejercicio por los siguientes conceptos
a)
La cuantía de las utilidades determinada por el Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, en desarrollo del artículo 26 de la Ley 38 de 1989, o del artículo 99 de la Ley 75 de 1986 en lo referente a la distribución de las utilidades de Ecopetrol, según el período a liquidar; y,
b)
El impuesto de renta y complementarios.
Parágrafo
En todo caso la participación de que trata este artículo no podrá exceder el 100% de las utilidades de Ecopetrol antes de impuestos.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.