Las Normas Del Presente Decreto No Se Aplicarán, Salvo Disposición Expresa En Contrario: A) A Los Empleados Públicos Del Ministerio De Relaciones Exteriores Que Prestan Servicio En El Exterior
Decreto 42 de 1994 · Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del orden nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
ARTICULO 25. Las normas del presente Decreto no se aplicarán, salvo disposición expresa en contrario
a)
A los empleados públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores que prestan servicio en el exterior.
b)
Al personal docente de los distintos organismos de la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales.
c)
A los empleados públicos de las entidades que tienen sistemas especiales de remuneración legalmente aprobados;
d)
Al personal de las Fuerzas Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional, que no se rigen por el Decreto Extraordinario 1042 de 1978 y demás normas que lo modifiquen o adicionen.
e)
Al personal de la Policía Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma.
f)
Al personal Carcelario y Penitenciario.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.