Las Cajas podrán suspender el pago de los subsidios cuando el asegurado se niegue a cumplir las prescripciones médicas, pero lo reanudarán una vez que el afiliado modifique su conducta, sin Jugar a reembolso por el tiempo que abarque la suspensión.
Decreto 721 de 1949 →Vigente
Artículo 54
Las Cajas Podrán Suspender El Pago De Los Subsidios Cuando El Asegurado Se Niegue A Cumplir Las Prescripciones Médicas, Pero Lo Reanudarán Una Vez Que El Afiliado Modifique Su Conducta, Sin Jugar A Reembolso Por El Tiempo Que Abarque La Suspensión
Decreto 721 de 1949 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Seguro Obligatorio de Enfermedad-Maternidad.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.