Micelio

Artículo 5

El Patrimonio Del Círculo De Suboficiales De Las Fuerzas Militares Estará Constituido Por Todos Aquellos Bienes Adquiridos A Título Oneroso Con Sus Propios Recursos, Así Como Por Las Donaciones Y Legados Que Haya Aceptado De Personas Naturales O Jurídicas Y Especialmente Por Los Siguientes Bienes: A) Terrenos, Edificaciones, Dotaciones, Equipos Y Demás Anexidades De Sus Instalaciones Iniciales

Decreto 1083 de 1987 · por el cual se aprueba un Acuerdo de la Junta Directiva del Club Suboficiales de las Fuerzas Militares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El patrimonio del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares estará constituido por todos aquellos bienes adquiridos a título oneroso con sus propios recursos, así como por las donaciones y legados que haya aceptado de personas naturales o jurídicas y especialmente por los siguientes bienes

a)

Terrenos, edificaciones, dotaciones, equipos y demás anexidades de sus instalaciones iniciales.

b)

Rentas e ingresos que resulten de sus operaciones.

c)

Aportes, donaciones y subvenciones.

d)

Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título con el producto de sus propios recursos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1083 de 1987