Reglas para el uso de la firma electrónica. Para el uso de la firma electrónica, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos
La vigencia de la firma corresponde a la misma del contrato y sus correspondientes adiciones y/o modificaciones, en caso de que llegaren a convenirse y/o requerirse.
No tendrá ningún costo para el trabajador, correspondiendo exclusivamente al empleador el pago de cualquier valor asociado que se llegase a ocasionar.
Su uso entre trabajador y empleador, será exclusivo para la relación laboral sin que, a la finalización de esta, el contrato de trabajo, sus adiciones y/o modificaciones firmado(s) electrónicamente pierdan su validez, eficacia y fuerza probatoria.
El empleador garantizará que el mecanismo utilizado para la firma electrónica cumple con las condiciones establecidas en el artículo 2.2.2.47.4., del Decreto 1074 de 2015 o la norma que lo modifique, complemente o sustituya.