Micelio

Artículo 9

Los Documentos, Títulos, Recibos, Comprobantes De Depósitos A Término Fijo O Disponible, Pagan El Impuesto De Que Trata El Ordinal 5°, Porque En El Primer Caso Se Trata De Un Préstamo, Y En El Segundo, De Un Verdadero Depósito, Y En Ambos, De Instrumentos De Deber, Puesto Que De Ellos Nace La Obligación De Restituir (Sic) La Suma Depositada

Decreto 1696 de 1932 · por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 92 del año en curso, en lo relacionado con el impuesto de timbre nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los documentos, títulos, recibos, comprobantes de depósitos a término fijo o disponible, pagan el impuesto de que trata el ordinal 5°, porque en el primer caso se trata de un préstamo, y en el segundo, de un verdadero depósito, y en ambos, de instrumentos de deber, puesto que de ellos nace la obligación de restituir (sic) la suma depositada. La renovación de todo instrumento causa el impuesto porque se trata de un nuevo instrumento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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