Micelio

Artículo 4

El Producto De La Venta De Los Terrenos E Inmuebles De Propiedad Del Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles Nacionales, Entregados En Fideicomiso Al Banco Central Hipotecario, Para Garantizar Los Bonos De Los Ferrocarriles Nacionales 1951, Se Aplicará Necesariamente Al Pago De La Obligación Ya Adquirida Con Dicho Banco Y Al De Las Que Se Adquieran Para Arbitrar Los Recursos Necesarios Para El Servicio De La Deuda Asumida Por La Nación, En El Segundo Semestre De 1952 Y El Año De 1953, En Desarrollo Del Presente Decreto

Decreto 1997 de 1952 · Por el cual se autoriza al Gobierno Nacional para asumir la deuda del Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El producto de la venta de los terrenos e inmuebles de propiedad del Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales, entregados en fideicomiso al Banco Central Hipotecario, para garantizar los Bonos de los Ferrocarriles Nacionales 1951, se aplicará necesariamente al pago de la obligación ya adquirida con dicho Banco y al de las que se adquieran para arbitrar los recursos necesarios para el servicio de la deuda asumida por la Nación, en el segundo semestre de 1952 y el año de 1953, en desarrollo del presente Decreto. Los saldos restantes se aplicarán exclusivamente a la construcción de los nuevos talleres de los Ferrocarriles Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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