° Los pagos al personal de la Delegación y de las Registradurías Municipales del Departamento de Cordoba se harán por conducto del Pagador del Ramo Electoral en el Departamento de Bolívar.
Decreto 1907 de 1952 →Vigente
Artículo 8
Los Pagos Al Personal De La Delegación Y De Las Registradurías Municipales Del Departamento De Cordoba Se Harán Por Conducto Del Pagador Del Ramo Electoral En El Departamento De Bolívar
Decreto 1907 de 1952 · Por el cual se legaliza un Acuerdo de la honorable Corte Electoral
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.